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Dirección General de Cultura y Educación
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Presentación

La Ley 13.688 se refiere a la designación y funciones del Auditor General en los artículos 68 y 73.

El artículo 68 se refiere a la designación del Auditor General:

El Director General de Cultura y Educación designará y será asistido por un (1) Subsecretario de Educación, un (1) Subsecretario Administrativo y un (1) Auditor General con nivel de Subsecretario. Estos funcionarios serán equiparados al solo efecto salarial al sueldo fijado por el presupuesto para el cargo de Subsecretario de los Ministerios del Poder Ejecutivo.

El artículo 73 establece las funciones del Auditor General:

El Auditor General tiene a su cargo auditar y evaluar acerca de la utilización eficiente y eficaz de los recursos humanos y materiales y el seguimiento y perfeccionamiento de los sistemas de control interno, tendiente a la optimización de las herramientas de gestión de la Dirección General de Cultura y Educación, tanto en el Nivel Central como en los organismos descentralizados de la administración territorial y las instituciones educativas.